Visa de tripulante para EE. UU.
Sepa cómo la visa D permite a tripulantes de buques y aerolíneas internacionales entrar en EE. UU. temporalmente y cómo le ayuda una abogada en Miami.

La visa de tripulante para EE. UU., también conocida como visa D, permite una estancia temporal en el país a las personas que trabajan a bordo de embarcaciones marítimas o de aerolíneas internacionales en EE. UU. y que tienen la intención de salir del país en un máximo de 29 días a partir de la fecha de su llegada. Un aspecto importante de inmigración en Miami es que este tipo de visa es de no inmigrante y su vigencia depende de la nacionalidad del solicitante (reciprocidad).
Puede contar con nuestra abogada de inmigración en EE. UU. para que le oriente en la obtención de esta visa, pero también de un permiso de residencia en EE. UU.
Cómo solicitar la visa de tripulante en EE. UU.
Para solicitar la visa de tripulante C-1/D en EE. UU., deben seguirse los siguientes pasos:
1. Complete el formulario DS-160 en línea. Una abogada de inmigración en Miami puede guiarle en el proceso de localizar y completar este formulario;
2. Pague la tarifa de solicitud: esta tarifa es actualmente de US$ 185 y también puede pagarse en la moneda local del solicitante;
3. Programe una entrevista: para la emisión de la visa, debe programarse una entrevista en la Embajada o el Consulado de EE. UU. en el país de origen del solicitante. Para ello, el solicitante necesitará:
• El número de pasaporte;
• El número de recibo que figura en el comprobante de pago de la tarifa de solicitud;
• El número de código de barras de diez dígitos de la página de confirmación del DS-160.
4. Asista a la entrevista: en la fecha y hora programadas, el solicitante debe asistir a la entrevista en la Embajada o el Consulado de EE. UU. en su país de origen.
Si le interesa la ciudadanía estadounidense, podemos orientarle. También podemos ayudarle a obtener una visa C-1/D de EE. UU.
¿Quién puede solicitar la visa de tripulante en EE. UU.?
En cuanto a quién puede solicitar la visa de tripulante en EE. UU., prácticamente cualquier miembro de una tripulación puede calificar para este tipo de visa. Los miembros de la tripulación incluyen pilotos, sobrecargos, auxiliares de vuelo, marineros, azafatas o personas contratadas por una embarcación cuyos servicios son necesarios para las tareas habituales durante el viaje a EE. UU.
Documentación necesaria para la visa de tripulante en EE. UU.
Al asistir a la entrevista en la Embajada o el Consulado de EE. UU., el solicitante debe llevar la siguiente documentación:
• Un pasaporte válido;
• La página de confirmación del formulario DS-160;
• El recibo del pago de la tarifa de solicitud;
• Una fotografía impresa, si la carga de la foto al completar el formulario DS-160 en línea no se realizó correctamente.
Además, se le puede pedir al solicitante que presente otros documentos, como:
• Pruebas de que el solicitante de la visa está en tránsito para embarcar en una nave;
• Prueba del propósito del viaje;
• Pruebas de que tiene la intención de salir de EE. UU. después de su viaje. Una abogada de inmigración en EE. UU. puede darle más detalles sobre en qué pueden consistir estas pruebas; y/o
• Prueba de que el solicitante dispone de medios económicos suficientes para realizar el viaje o de que otra persona cubrirá los gastos del viaje.
Si es miembro de una tripulación y necesita una visa de tripulante para EE. UU., podemos ayudarle con el proceso de solicitud. Le invitamos a ponerse en contacto con nuestra abogada de inmigración en los Estados Unidos . Puede contar con nosotros para solicitar la ciudadanía estadounidense y las visas C-1/D.
Abogada responsable: Sandra I. Murado, Esq., Florida Bar No. 55549 · Última actualización: 29 de octubre de 2026Sandra I. Murado es presidenta y abogada directora de Law Offices of Sandra I. Murado, P.A., en Coral Gables, Florida, y es miembro de The Florida Bar desde 1995.