Ciudadanía por ascendencia en EE. UU.

Sepa cómo los hijos nacidos en el extranjero de padres estadounidenses adquieren la ciudadanía por ascendencia y cómo documentarla. Contáctenos.

Ciudadanía por ascendencia en EE. UU.

La ciudadanía por ascendencia en EE. UU. es una de las vías mediante las cuales se puede obtener un pasaporte estadounidense. También conocida como ciudadanía estadounidense por derecho de nacimiento, está disponible para una amplia variedad de personas nacidas de padres que son ciudadanos estadounidenses; sin embargo, el procedimiento de solicitud varía según diversos factores.

Si le interesa saber si cumple los requisitos para la ciudadanía por nacimiento en EE. UU. y cómo solicitarla, puede contar con nuestra abogada de inmigración en Miami , que puede ayudarle.

Quién puede solicitar la ciudadanía por ascendencia en EE. UU.

Existen varios supuestos aplicables en lo que respecta a la ciudadanía estadounidense por derecho de nacimiento; sin embargo, el requisito principal es que la persona que solicita un pasaporte estadounidense tenga al menos un progenitor estadounidense.

Datos clave
Formas de adquirir la ciudadanía en EE. UU.

– naturalización,

– matrimonio,

– ascendencia,

– nacimiento.

Requisitos especiales para obtener la ciudadanía por ascendencia

La ciudadanía por ascendencia se basa en el vínculo del solicitante con al menos un ciudadano estadounidense.

Acceso a la ciudadanía por el vínculo con padres estadounidenses (SÍ/NO)

Sí

Acceso a la ciudadanía por el vínculo con otros ascendientes estadounidenses (SÍ/NO)No, la ciudadanía solo puede transmitirse por línea directa.
Autoridades encargadas de emitir los documentos estadounidensesDepartment of State (Departamento de Estado: Consular Report of Birth Abroad, es decir, informe consular de nacimiento en el extranjero, y pasaporte) y USCIS (Certificate of Citizenship, certificado de ciudadanía, Form N-600)
Requisito de residencia permanente (SÍ/NO)

No, la ciudadanía por ascendencia no exige que el solicitante viva en EE. UU.

Posibilidad de adquirir la ciudadanía estadounidense automáticamente (SÍ/NO)Sí, si se cumplen las condiciones legales, la ciudadanía se adquiere automáticamente al nacer (o, en el caso de ciertos hijos, después del nacimiento conforme a la INA 320); la solicitud (CRBA, pasaporte o Form N-600) solo la documenta. Los adultos pueden presentar la solicitud ellos mismos; en el caso de hijos menores de edad, la solicitud la presenta el progenitor ciudadano estadounidense.
Procedimiento especial para obtener la ciudadanía por ascendenciaLa solicitud se presenta ante una embajada o consulado de EE. UU. (Consular Report of Birth Abroad, para hijos menores de 18 años), ante el Departamento de Estado (pasaporte) o ante USCIS (Form N-600, Certificate of Citizenship).
Grado de dificultad para obtener la ciudadanía

El procedimiento no es difícil; sin embargo, debe tener en cuenta que existen requisitos diferentes según, por ejemplo, si los padres están casados o no.

Opción de solicitar la ciudadanía por otras vías (SÍ/NO)Sí, la naturalización también sigue siendo una opción para los solicitantes.
Requisito de vivir en EE. UU. (SÍ/NO)

No para el solicitante; sin embargo, los padres estadounidenses o el progenitor que es ciudadano estadounidense deben haber vivido en EE. UU. durante un período determinado.

Posibilidad de transmitir la ciudadanía a los descendientes (SÍ/NO)

Sí, por línea directa

Plazo de tramitación de la solicitud de ciudadanía (aprox.)Varía; consulte uscis.gov/processing-times (Form N-600) y la embajada para las citas de CRBA
Apoyo para solicitar la ciudadanía por ascendencia (SÍ/NO)

Sí, ofrecemos apoyo para solicitar la ciudadanía por ascendencia.

Otros servicios de inmigración (si los hay)Asistencia para obtener la ciudadanía por naturalización, apoyo para obtener visas de cónyuge y la ciudadanía a través del matrimonio.

Los supuestos son los siguientes:

  1. la persona que solicita la ciudadanía por nacimiento en EE. UU. puede haber nacido en el extranjero de dos personas casadas que son ambas ciudadanas estadounidenses;
  2. la persona que solicita la ciudadanía nació en el extranjero de al menos un progenitor estadounidense casado con una persona de otra nacionalidad;
  3. la persona que solicita la ciudadanía estadounidense por ascendencia nació en el extranjero fuera del matrimonio, de al menos un ciudadano estadounidense.

Además de estos, también está el caso de los hijos nacidos de padres extranjeros que viven en EE. UU. Por supuesto, la green card (tarjeta verde) de EE. UU. sigue siendo una de las opciones más seguras hacia la ciudadanía para otras personas extranjeras.

Nuestra abogada de inmigración en Estados Unidos suele revisar cada caso y sus particularidades para ayudar a los clientes, por lo que, si desea solicitar la ciudadanía, le recomendamos que se comunique con nosotros. Además, si esta opción le parece complicada, puede obtener una visa de inversionista de EE. UU., que puede conducir a la ciudadanía por naturalización.

Cómo obtener la ciudadanía por nacimiento en EE. UU. a través de los padres

Existen dos métodos principales para obtener la ciudadanía por ascendencia en EE. UU. a través de padres que son ciudadanos estadounidenses:

  • al nacer;
  • después del nacimiento, pero antes de cumplir 18 años.

Para ello, la ley exige que al menos uno de los padres sea ciudadano de Estados Unidos y que haya residido en el país durante un tiempo determinado. Más concretamente, la ciudadanía estadounidense por derecho de nacimiento puede adquirirse en las siguientes circunstancias:

  • si la persona nació el 14 de noviembre de 1986 o después, el progenitor estadounidense debe haber estado físicamente presente en Estados Unidos o en uno de sus territorios al menos 5 años antes del nacimiento del hijo, de los cuales al menos 2 años deben haber transcurrido en el país después de que el progenitor cumpliera 14 años de edad;
  • el progenitor de una persona nacida entre el 24 de diciembre de 1952 y el 13 de noviembre de 1986 debe haber residido físicamente en Estados Unidos o en uno de sus territorios en el exterior durante 10 años antes del nacimiento del hijo, de los cuales al menos 5 años deben haber transcurrido después de que el progenitor cumpliera 14 años.

Dado que estos requisitos deben verificarse, le recomendamos encarecidamente que hable con nuestra abogada de inmigración en Miami sobre la forma en que puede transmitir la ciudadanía por ascendencia en EE. UU.

Cómo obtener la ciudadanía estadounidense por nacimiento siendo hijo nacido fuera del matrimonio

Según la Sección 309(a) de la Immigration and Nationality Act (Ley de Inmigración y Nacionalidad), una persona nacida fuera del matrimonio el 14 de noviembre de 1986 o después, de madre inmigrante y padre estadounidense, puede convertirse en ciudadana de Estados Unidos conforme a la Sección 301(g) si:

  • se presentan pruebas claras y convincentes del vínculo de sangre con el padre;
  • el padre del niño era ciudadano de Estados Unidos en el momento del nacimiento y se comprometió por escrito (salvo que haya fallecido) a mantener económicamente al niño hasta que cumpla 18 años; además, antes de que el niño cumpliera 18 años, el niño debe haber sido legitimado, o el padre debe haber reconocido la paternidad por escrito y bajo juramento, o la paternidad debe haber sido establecida por un tribunal.

Al mismo tiempo, puede contar con nuestra abogada si es un ciudadano extranjero casado con un estadounidense y desea solicitar una visa de cónyuge de EE. UU.

Según las estadísticas, en el año fiscal 2022, 969,380 personas obtuvieron la ciudadanía en EE. UU., pero por naturalización.

No dude en comunicarse con nuestra abogada de inmigración en EE. UU. para recibir apoyo en la solicitud de la ciudadanía estadounidense por ascendencia.

Abogada responsable: , Florida Bar No. 55549 · Última actualización: 29 de octubre de 2026Sandra I. Murado es presidenta y abogada directora de Law Offices of Sandra I. Murado, P.A., en Coral Gables, Florida, y es miembro de The Florida Bar desde 1995.