Ciudadanía estadounidense a través de los padres

Breve resumen de la ciudadanía estadounidense a través de los padres. Contacte a nuestra abogada de inmigración en Miami para obtener más detalles.

Ciudadanía estadounidense a través de los padres

La ciudadanía estadounidense a través de los padres puede obtenerse si un niño nace de padres que son ciudadanos de EE. UU., o después del nacimiento, pero antes de que el joven cumpla 18 años. Nuestra abogada de inmigración en Miami puede proporcionarle más información sobre este tema.

También puede contar con nosotros para que le orientemos en la solicitud de un permiso de residencia en EE. UU.

Nacer en EE. UU. o en un territorio de EE. UU.

Un niño nacido en EE. UU. o en un territorio de EE. UU. obtiene automáticamente el derecho a ser ciudadano del país. Las excepciones son los casos en que el niño nace de un funcionario de un gobierno extranjero que se encuentra en EE. UU. en la fecha del nacimiento.

Los niños nacidos en algunos territorios de EE. UU., como Puerto Rico, las Islas Vírgenes o Guam, son ciudadanos estadounidenses de nacimiento según la ley federal, independientemente de si uno de sus padres tiene la ciudadanía estadounidense y residió efectivamente en EE. UU. durante un año continuo en algún momento antes del nacimiento del niño.

Según la legislación de inmigración de EE. UU., una persona que obtiene la ciudadanía estadounidense a través de los padres puede conservarla durante toda su vida, salvo que renuncie a ella voluntariamente. Si desea inmigrar a EE. UU. desde Canadá mediante esta vía, nuestra abogada de inmigración en Miami puede asistirle.

También podemos ayudarle a solicitar la ciudadanía estadounidense.

Hijos de padres naturalizados

Los niños nacidos fuera de EE. UU. también pueden obtener la ciudadanía estadounidense a través de uno de los padres que se convierta en ciudadano naturalizado del país, lo que se denomina ciudadanía derivada. Según la legislación vigente, para recibir la ciudadanía estadounidense derivada a través de los padres deben cumplirse los siguientes requisitos:

• el niño debe ser menor de 18 años;
• debe tener al menos uno de los padres con ciudadanía estadounidense, ya sea por nacimiento o por naturalización;
• el menor debe ser titular de una green card;
• el joven debe vivir en el país bajo la custodia del padre o la madre que es ciudadano de EE. UU.

Puede contar con nuestra abogada de inmigración en los Estados Unidos para recibir asistencia con el procedimiento de solicitud de la ciudadanía estadounidense.

Hijos de padres que son ciudadanos estadounidenses

En muchos casos, aunque el niño nazca fuera del país, si al menos uno de los padres era ciudadano de EE. UU. cuando nació el niño, este obtiene automáticamente la ciudadanía estadounidense. Si posteriormente el hijo se casa y tiene hijos, estos también podrían adquirir la ciudadanía estadounidense al nacer.

Si está interesado en obtener la ciudadanía estadounidense a través de los padres, una abogada de inmigración en EE. UU. puede orientarle para superar el complejo procedimiento de solicitud; le invitamos a ponerse en contacto con nosotros. También podemos asesorarle en asuntos relacionados con el permiso de residencia en EE. UU.

Abogada responsable: , Florida Bar No. 55549 · Última actualización: 29 de octubre de 2026Sandra I. Murado es presidenta y abogada directora de Law Offices of Sandra I. Murado, P.A., en Coral Gables, Florida, y es miembro de The Florida Bar desde 1995.